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Participación de partes

From "Ask the candidates"

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El artículo 7.1 del acuerdo dice "Cada Parte deberá asegurar el derecho de participación del público y, para ello, se compromete a implementar una participación abierta e inclusiva en los procesos de toma de decisiones ambientales, sobre la base de los marcos normativos interno e internacional". ¿conocen las medidas tomadas en este sentido por los países que ya ratificaron Escazú? ¿Cuál es su opinión sobre esas medidas tomadas? Gracias

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Last update: October 17, 2022

Comments(9)

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Hola, en el caso de Chile, tenemos procesos en los Estudios de Impacto ambiental, en los instrumentos de ordenación territorial, y directamente en la Evaluación de impacto ambiental, en donde cualquier persona puede dar su opinión fundada y la autoridad el deber de tomar en cuenta aquellas observaciones so pena de nulidad de lo obrado en contravención. Ahora en relación a esto, todas las actividades deben pasar por este filtro, sin embargo tenemos muchos conflictos socioambientales en donde las autoridades no generan las instancias de participación efectiva, ni tampoco los métodos, medios y formatos adecuados para los grupos en situación de vulnerabilidad, los activistas socioambientales sufren violencia policiaca, no hay valoración del conocimiento local, y solo se atiende al bien común aristotélico tomista, que es discriminatorio, por no atender a las minorías políticas. Estaré levantando continuamente reportes de la actividad gubernamental, precisamente para ver el cumplimiento del acuerdo
Dado que Escazú apenas está definiendo sus métodos de trabajo y su hoja de ruta, no conozco medidas tomadas en ese sentido hasta ahora, de manera efectiva por los países Parte.
Hola a todos ! Acá Pablo Aguilar de México. El punto que se plantea es muy interesante. Y la respuesta no es sino compleja: hay que tomar en cuenta que el Acuerdo de Escazú contiene principios mandato, que como medidas de optimización vinculante deben cumplirse por los Estados Parte que hayan ratificado en principio el propio Acuerdo y los que están en proceso de lograr esa meta. Lo que se puede observar en el entorno regional es que nuestras legislaciones reguladoras del ambiente natural, urbano, cultural, turístico, entre otros ambientes que con una visión integral podemos incluir dentro de el gran concepto de AMBIENTE, aún no contienen los mecanismos efectivos que garanticen la implementación al mayor nivel de protección posible del derecho a la participación EFECTIVA, que es precisamente el derecho a ACCIONAR en forma directa, previamente informada, vía deliberativa, en procesos que afecten los entornos y derechos ambientales, puesto que en la gran mayoría de nuestras legislaciones a la ciudadanía se le plantea su participación bajo procesos de “consulta”, “observación”, información, pero no desarrollando un verdadero derecho de participación democrática y deliberativa. Esto es así ya que nuestras legislaciones latinoamericanas datan en su expedición y promulgación de fechas anteriores a la aprobación y ratificaciones individuales del Acuerdo. Por tanto, existen discrepancias entre los principios mandato del Acuerdo respecto de los contenidos de nuestras legislaciones nacionales. A modo de ejemplo en el caso de México, tenemos que en materia de evaluación del impacto ambiental de obras que producen efectos significativos en el ambiente, se prevé en nuestra Ley General del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, un proceso de consulta con los residentes de la zona que pudieran verse afectados en sus derechos. Sin embargo este procedimiento es muy pobre, porque solamente protege un primer nivel de participación, el de acceder a la información básica de los proyectos de impacto ambiental, y opinar respecto a dicho proyecto, y la autoridad discrecionalmente considera esas “opiniones”. Esto es: no estamos en presencia de la mayor protección posible o principio pro homine que debería aplicarse en los procesos de toma de decisiones en materia de impacto ambiental, para garantizar los derechos fundamentales de los residentes de áreas afectadas con obras o actividades que impactan el ambiente y los derechos involucrados. Sin embargo el contar con este artículo que se comenta dentro del Acuerdo nos otorga una gran oportunidad para que entre otros aspectos, a través de la vía jurisdiccional se comience a obligar a las autoridades administrativas y legislativas para ampliar los contenidos de nuestras legislaciones nacionales ambientales y urbanísticas reguladoras del ambiente, (lo hacemos en nuestro caso a través de varios casos ejemplares judicializados) en forma tal que la incidencia y la participación de la ciudadanía, llegue a un nivel de desarrollo similar al del derecho indígena en tratándose de obras o proyectos que afecten sus territorios o modos de vida, donde el derecho a la participación efectiva está ampliamente desarrollada. Como representantes del público, aunque no tendremos voto en las sesiones, tendremos la oportunidad de establecer puntualmente las deficiencias de la legislaciones nacionales en materia de participación efectiva y amplia, con el fin de poner el dedo en el renglón para que vía la implementación del Acuerdo, se modifiquen las legislaciones nacionales para alinearse a los principios mandato contenidos en el mismo. Mandamos un cordial saludo desde México
Estimado Javier : Gracias por tu pregunta. Soy María Jose Lubertino, una de candidatas. Estamos en pañales. Solo ratificaron Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, San Vicente y las Granadinas, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía y Uruguay. El Acuerdo fue adoptado el 4 de marzo de 2018 y entró en vigor el 22 de abril de 2021. Recién se realizó la primera Conferencia de partes del tratado (COP1). es auspiciosa la participacipación de más de 780 delegadxs de países, organismos internacionales y regionales, panelistas y representantes de la sociedad civil participamos presencial o virtualmente en los tres días de la reunión (del 20 al 22 de abril). También más de 290 personas siguieron cada día las transmisiones en directo a través de los distintos canales de difusión (sitio web, YouTube y Zoom) y 120 periodistas y prensa se acreditaron para cubrir sus distintas sesiones. Hay que impulsar simultaneamente la ratificación del tratado por parte del resto de los Estados y por el otro trabajar con marcos regulatorios comunes para su implementación a nivel nacional. Debemos avanzar hacia una DEMOCRACIA AMBIENTAL PARTICIPATIVA. La mayoria de las actuales constituciones en America Latina son pauperrimas en materia de mecanismos de participación tanto en los estados unitarios como en los federales. Con algunas excepciones. Pero en todos los casos las democracias representativas están sometidas a las lógicas de modelos extractivistas y se apartan cada vez más de los sentipensares de sus pueblos. Incluso cuando hay audiencias públicas se siguen sancionando normas y tomando decisiones contrarios a lo planteado por las mayorias en esas instancias. Por eso además de batallar para introducir cambios a niveles locales y nacionales, son fundamentales las declaraciones que se vayan emitiendo desde las COPs y o si pudieramos avanzar en Protocolos adicionales que operativicen los postulados. Vamos a tener que tener mucha muñeca, capacidad de diálogo y negociación en esta etapa pero también firmeza y sostener la movilización colectiva para avanzar en la implementación. Las resistencias de los gobiernos y de los sectores económicos concentrados del agronegocio, la mineria, el mal desarrollo inmobiliario, entre otros, no son pocos. Por eso queremos llevar la voz de los pueblos en nuestras diversidades, mujeres y disidencias, jovenes, indigenas, afros, migrantes ambientales, entre otras.
Esta en una fase muy incipiente todavía. Es dificil poder dar una conclusión al respecto. En Argentina por ejemplo ha sido ratificado en enero del 2021, con lo cual, se marca un fuerte compromiso, no obstante, pandemia de por medio, y demás desafíos que ha debido sortear el país, creo que todavía no es posible pensar en analizar las medidas relacionadas al Acuerdo
@Victoria Cámera En el Congreso de la República de Colombia, con una gran mayoría de votos a favor, fue aprobado el Acuerdo de Escazú. Quedando así ratificada la firma realizada el 11 de diciembre del 2019 y después de varios debates, en los cuales fue claro que este acuerdo se convierte en la herramienta para la protección del medioambiente y los derechos humanos, pues no solo busca garantizar el acceso a la información y la participación pública, sino también posibilita mayor acceso a la justicia en la materia convirtiéndose en un herramienta esencial para la protección de líderes sociales. Así las cosas, la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad, lo hará realidad en Colombia a través de cinco acciones a corto plazo: • Política de Manejo de Información Ambiental. • Estrategia de acompañamiento a defensores ambientales. • Ampliación de la participación ciudadana en las decisiones ambientales. • Apoyo a la creación y el fortalecimiento de las veedurías ciudadanas. • Sistema de información sobre conflictividad socioambiental.
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@William NARANJO QUINTERO celebro las resoluciones del pueblo y gobierno colombianos, yo a lo que me refería es que, no en todos los Estados se encuentra en la misma fase, y en algunos al estar más avanzado que en otros, es complejo ya hacer un balance como lo solicita la pregunta
Puedo referir las acciones del Gobierno de México respecto a la implementación del Acuerdo, que ha sido el establecimiento de grupos de trabajo conformados por distintas Secretarías y otras dependencias gubernamentales, para atender cada uno de los derechos de acceso: información, participación y justicia. Estos grupos han sostenido diversas reuniones para armar hojas de ruta.
El Acuerdo de Escazú es el primer tratado ambiental de América Latina y el Caribe, por consiguiente apenas inicia su tarea. El proyecto de adhesión en Colombia fue radicado nuevamente como Proyecto de Ley Senado 251 de 2021 y en abril del mismo año se aprobó en primer debate. El 26 de julio de 2022, fue aprobado en segundo debate.
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