Bonos inmobiliarios de carbono en zonas urbanas
From "Ask the candidates"
Go to the project

Estimados amigos como están?. Espero que estén Super bien. Les habla Pablo Aguilar desde México. En esta ocasión quiero compartir con ustedes un aspecto que se me hace innovador y que se encuentra contenido en las diversas normativas internacionales que complementan el Acuerdo de Escazú , como la Convención Marco de Cambio Climático, el acuerdo de París, entre otros instrumentos internacionales.
Estamos participando en el sureste mexicano en la implementación de un modelo de integración entre la planeación urbana y el cambio climático, como un mecanismo para lograr una transparencia ambiental decisiva y la justicia ambiental, mediante la aplicación de estímulos financieros, económicos y de mercado, que prevé nuestra legislación nacional en la materia. Éste proyecto se denomina “Zonificación de bonos inmobiliarios de carbono.”
El proyecto Zonas de Bonos Inmobiliarios de Carbono” se determina mediante la zonificación y asignación de políticas de adaptación y mitigación climática, así como la aplicación de estímulos económicos y financieros para dichas Zonas, conforme se estipula en los artículos 91 y 92 de la Ley General de Cambio Climático. Para ello se seleccionan áreas donde se encuentren inmuebles que presenten las siguientes características:
- Ser de alto riesgo para el establecimiento de asentamientos humanos, esto es: no urbanizables por causa de riesgo.
- Ostentar valor natural o prestar servicios ambientales.
- Ser de propiedad privada.
Así, una vez determinadas las zonas que serán materia de la aplicación del Proyecto de Bonos Inmobiliarios de Carbono, se propondrá la implementación normativa e instrumental de Estímulos Económicos y Financieros de Cambio Climático para promover la permanencia de los valores ambientales y de no urbanización de los inmuebles seleccionados en la “Zona de Bonos Inmobiliarios de Carbono”, mediante mecanismos de comercialización y bursatilización.
Pueden conocerme más en
